Proceso de la conversión a NIC-NIIF para empresas no públicas
En el entorno empresarial hay dudas y desconocimiento sobre el proceso requerido y las
opciones vigentes de la conversión a NIC-NIIF (Normas Internacionales de Contabilidad, hoy
llamadas Normas Internacionales de Información Financiera).
El Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoría (CVPCPA), es el ente técnico y legal que autoriza la normativa de la profesión contable en el país. El CVPCPA, definió en octubre de 2003 la gradualidad de la conversión de principios contables locales a NIC-NIIF, en la forma siguiente:
En el proceso de análisis de adopción, el IASB ha generado un proyecto de norma que recoge toda la temática contable aplicables a las cuentas, estados financieros y revelaciones, conocido como Proyecto NIIF-PYMES, nombre mal asignado, pero originado porque inicialmente la intención fue aplicarlo a las PYMES.
El proyecto reduce los requerimientos de información y de aplicación contable para las empresas No Listadas, en relación a las NIC-NIIF, que serán requeridas a todas la empresas Listadas.
Este proyecto se ha sometido a consulta internacional entre la gremiales y demás entidades interesadas o involucradas en los aspectos contable-financieros de las empresas y entidades y el IASB ha dado hasta inicios de octubre 2007 para enviar observaciones y sugerencias.
El CVPCPA está participando en el proyecto y ha recabado muchas observaciones y está actualmente en el proceso de discusión del proyecto con las gremiales empresariales, en busca de conocer sus puntos de vista y comentarios.
El Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoría (CVPCPA), es el ente técnico y legal que autoriza la normativa de la profesión contable en el país. El CVPCPA, definió en octubre de 2003 la gradualidad de la conversión de principios contables locales a NIC-NIIF, en la forma siguiente:
- Empresas emisoras y bancos, deberán aplicar las NIC en sus ejercicios 2004 en adelante. (Prorrogado posteriormente).
- Intermediarios no bancarios, sociedades de seguros, asociaciones y sociedades cooperativas que no emitan títulos en Bolsa, aplicarán las NIIF en sus estados financieros de 2005.
- Las demás, incluyendo ONG ́s y excepto las medianas y pequeñas empresas también aplicarán las NIC a partir de 2005,
- Las medianas y pequeñas empresas según CONAMYPE aplicarán las NIC en sus estados financieros de 2006. (pequeña hasta 50 ocupados y ventas anuales hasta 4,762 salarios mínimos); mediana: hasta 100 ocupados y ventas anuales hasta 31,746 salarios mínimos; microempresa: hasta 10 ocupados y ventas anuales hasta 476.2 salarios mínimos.)
- Las micro empresas según la clasificación de CONAMYPE no estará afectos a aplicar NIC ́s pero podrán adoptarlas en forma voluntaria
Requerimiento de la Conversión
En Octubre 2005, el CVPCPA adopta la NIIF 1, que establece el proceso de conversión a NIIFs y que detalla los requisitos del proceso de conversión, los cuales se resumen como sigue:- Reconocer los ajustes en los estados financieros del ejercicio precedente (2004 para El Salvador),
- Definir las políticas contables a utilizar, en adición a la norma contable.
- Elaborar un Informe de Conversión por parte de la Administración, explicando el Proceso y sus componentes.
- Establecer una amplia divulgación de la Conversión
Estatus de la Normativa Internacional
Por otra parte, el AISB (Comité Internacional de Normas de Contabilidad), ha reconsiderado desde octubre 2003, la necesidad de que la aplicación de las NIC-NIIF sea diferenciada entre las empresas de interés público (las que cotizan en bolsa, o están registradas en ellas, o tienen obligación de rendir cuentas en forma pública), llamadas Empresas Listadas, y aquellas de interés privado, llamadas No Listadas.En el proceso de análisis de adopción, el IASB ha generado un proyecto de norma que recoge toda la temática contable aplicables a las cuentas, estados financieros y revelaciones, conocido como Proyecto NIIF-PYMES, nombre mal asignado, pero originado porque inicialmente la intención fue aplicarlo a las PYMES.
El proyecto reduce los requerimientos de información y de aplicación contable para las empresas No Listadas, en relación a las NIC-NIIF, que serán requeridas a todas la empresas Listadas.
Este proyecto se ha sometido a consulta internacional entre la gremiales y demás entidades interesadas o involucradas en los aspectos contable-financieros de las empresas y entidades y el IASB ha dado hasta inicios de octubre 2007 para enviar observaciones y sugerencias.
El CVPCPA está participando en el proyecto y ha recabado muchas observaciones y está actualmente en el proceso de discusión del proyecto con las gremiales empresariales, en busca de conocer sus puntos de vista y comentarios.